- No estarán ustedes obligados al servicio militar.
- En ningún caso se les obligará a prestar juramento.
- Tendrán el derecho más amplio de ejercitar sus principios religiosos y practicar las Reglas de su Iglesia, sin que se les moleste o restrinja en forma alguna.
- Quedan ustedes plenamente autorizados para fundar sus propias escuelas, con sus propios maestros, sin que el Gobierno los obstrucciones en forma alguna.
- Podrán ustedes disponer de sus bienes en la forma que lo estimen conveniente y este Gobierno no presentará objeción alguna a que los miembros de su secta establezcan entre ellos mismos el régimen económico que voluntariamente se propongan adoptar.
BLOG DE ADRIAN CRUZ MARTINEZ // In nican ca tlamachilliztlatolzazanilli ye huecauh mochiuh- Aquí están las palabras-recuerdo que repiten lo que se sabe que sucedió en la antigüedad
martes, 29 de mayo de 2012
Concesión del presidente Álvaro Obregòn a los colonizadores menonitas ( 1921)
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