BLOG DE ADRIAN CRUZ MARTINEZ // In nican ca tlamachilliztlatolzazanilli ye huecauh mochiuh- Aquí están las palabras-recuerdo que repiten lo que se sabe que sucedió en la antigüedad

martes, 26 de febrero de 2013

Decreto de extinción de las comunidades religiosas ( 26 de febrero de 1863)



Benito Juárez, Presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos a sus habitantes sabed :

Considerando : 

I. Que en la gravísima situación en que se ha venido la República, el gobierno debe emplear todos los medios posibles para atender a las exigencias de la administración y muy especialmente para repelar al ejército extranjero, invasor del territorio nacional.

II. Que disponiéndose de los conventos ahora destinados a la cláusula de las señoras religiosas, habrán de obtenerse en una parte considerable, los recursos que necesita el tesoro de la federación y podrán establecerse varios hospitales de sangre y proporcionarse alojamiento a los individuos que se inutilizaren y las familias indigentes de los que han muerto y murieren peleando por la patria en la guerra actual.

III. Que si bien puede fundarse en la libertad de cada uno la resolución de observar los votos que las religiosas pronuncian, es evidentemente opuesta a la misma libertad, incompatible con la ley de cultos e intolerable en una República popular, la serie de medios coactivos con que se estrecha al cumplimiento de esos votos.

IV. Que el poder a que sin reserva se someten las señoras religiosas, no tiene por base y correctivo, ni las leyes, como la autoridad de los magistrados, ni los sentimientos naturales, como la patria potestad, ni el derecho para cambiar de disposición las partes interesadas, como sucede en los campos de servicios, si no un principio indefinido cuyas aplicaciones todas se imponen según la voluntad de ciertos individuos, a otros que deben aceptarlas durante su vida entera; sin que para la represión de los abusos naturales en este sistema, pueda intervenir eficazmente la autoridad pública, ni sea fácil tampoco el acceso a ella por parte de las personas agraviadas.

V. Que no conviene dejar en manos del clero un poder desmesurado como éste, cuyos desafueros serían ahora más trascendentales que en ningún otro tiempo.

VI. Que la influencia de los sacerdotes en la conciencia de las religiosas restituidas a la condición civil y al goce de sus derechos naturales, tendrá las justas limitaciones que le prescriban el decoro del hogar doméstico, la opinión pública y las leyes del país. 

VII. Que en toda la República está decretada la opinión contra la subsistencia de estas comunidades.

VIII. Que habiéndose resuelto la supresión de ellas por motivos justos y de pública utilidad, sin prevención alguna contra las religiosas, deben estas señoras conservar el goce de sus derechos especiales.

IX. Que la supresión de las comunidades religiosas ahora existentes, no comprende ni debe comprender a las Hermanas de la Caridad, que aparte de no hacer vida común, están consagradas al servicio de la humanidad doliente.


Por estas causas, y usando de las amplias facultades con que me hallo investido, he tenido a bien decretar lo siguiente:

Artículo 1º. Quedan extinguidas en toda la República las comunidades de señoras religiosas.

Artículo 2º. Los conventos en que están reclusas, quedarán desocupados a los ocho días de publicado este decreto, en cada uno de los lugares el ministerio del ramo.

Artículo 3º. De estos edificios y de todo lo que en ellos se encontrare perteneciente a las comunidades de señoras religiosas, y no a estas últimas en particular, se recibirán las oficinas de hacienda que designe el ministerio del ramo.  Todo lo que tengan las religiosas para su uso particular, se dejará a su disposición.

Artículo 4º. No podrá ser enajenados estos edificios sino a virtud de una orden concerniente a cada caso; expedida por el Ministerio de Hacienda y que se insertará precisamente en la escritura de enajenación, sin lo cuál será ésta nula y de ningún valor; y el escribano que lo autorizare sufrirá la pena de privación perpetua de su oficio, respondiendo, además por las resultas de su dolosa omisión.

Artículo 5º. El gobierno entregará sus dotes a aquellas de las religiosas que no los hubiesen recibido todavía; y mientras esto sucede, proveerá a la manutención de las interesadas.

Artículo 6º. De los templos unidos a estos conventos, continuarán destinados al culto católico los que fueren designados al efecto por los gobernadores respectivos.

Artículo 7º. Lo prevenido en este decreto no comprende a las Hermanas de la Caridad.

Artículo 8º. El Ministerio de Hacienda expedirá el reglamento y órdenes que convengan para la exacta observancia de este decreto.

México, 26 de febrero de 1863

Benito Juárez.

Al ciudadano Juan A. De la Fuente, ministro de Relaciones Exteriores y Gobernación.

Fuentes: 
“Fragmentos de la Historia de Oaxaca: Colegio Casa de Cuna-Eulogio Gillow” por  Miguel A. Elorza-Vásquez
http://www.antorcha.net/biblioteca_virtual/derecho/leyes_reforma/leyes_reforma.html#6

martes, 19 de febrero de 2013

Carta de José María Pino Suárez a Serapio Rendón



Palacio Nacional (21 de febrero de 1913)

“Dispensa que te escriba con lápiz, pero no he logrado que nuestros carceleros me proporcionen una pluma. Como sabes, hemos sido obligados a renunciar a nuestros respectivos cargos de presidente y vicepresidente de la República, pero no por eso están a salvo nuestras vidas. Creo que peligran aún más que antes. Nunca estuve de acuerdo en esas renuncias precipitadas, pero el presidente Madero insistió.
Me parecía un verdadero acto suicida. Yo sugería presentarlas, sí, pero al tiempo en que estuviéramos ya embarcando en Veracruz rumbo al exilio. Y aun ahí, por lo menos dejar constancia de que nos forzaron a firmarlas. Porque una vez que hemos renunciado a nuestros cargos, somos ciudadanos comunes y corrientes y Huerta puede hacer con nosotros lo que le venga en gana, ¿no te parece? Por eso, yo no soy tan optimista como el presidente Madero respecto a que Huerta cumplirá su palabra de respetar nuestras vidas. ¿Por qué ese afán de confiar en alguien como Huerta? Temo lo peor, y en caso de que suceda, te ruego que hables con María, mi esposa, sobre las circunstancias trágicas de mi muerte. Se lo he escrito veladamente para no angustiarla, pero creo que hará falta que alguien hable personalmente con ella apenas esté yo ausente de este mundo.
La pobre quedará sola, con apenas unos cuantos pesos ahorrados, y seis hijos a los cuales criar y educar. ¿Sabes lo peor, mi querido Serapio, lo que más me duele de esta situación? Que por consejo de ella, precisamente el día en que fuimos arrestados, por la mañana le había yo presentado mi renuncia al presidente Madero y él, por fin, la había aceptado cuando le expliqué que lo hacía por mi familia y nada más que por mi familia. Lo entendió y hasta me deseó suerte en la nueva actividad que fuera a emprender, que estaría totalmente alejada de la política, por supuesto, le dije. A mí, no tengo duda, la política me endilgó un sueño que en realidad era una pesadilla.

Fuente:   http://www.revistadelauniversidad.unam.mx/6509/pdfs/65solares.pdf

domingo, 17 de febrero de 2013

Victoriano Huerta informa al embajador de EUA Henry Lane Wilson sobre la aprehensión de Francisco I. Madero y José María Pino Suárez ( 18 de febrero de 1913)


México, D.F.,18 de febrero de 1913

Señor Embajador de los Estados Unidos de América
Presente

El Presidente de la República y sus Ministros, los tengo en mi poder en el Palacio Nacional, con carácter de presos, este acto mío ruego a su Excelencia se sirva interpretarlo como la manifestación más patriótica del hombre que no tiene más ambiciones, que servir a la Patria, sírvase su Excelencia interpretar en la forma que respetuosamente le suplico un hecho que no tiende más que a restablecer la paz en la República y asegurar los intereses de sus hijos y los de las diversas Colonias extranjeras que tantos beneficios nos han proporcionado.

Saludo a usted suplicándole con el mayor respeto se sirva poner en conocimiento de su Excelencia el Señor Presidente Taft todo lo que he tenido la honra de exponer a usted en esta nota.

Igualmente tengo la honra de suplicarle se sirva usted hacerme la gracia de dar el aviso correspondiente a las diversas Legaciones que se hallan en esta Capital.

Si su Excelencia pudiera hacerme la gracia de dar aviso a los rebeldes que se hallan en la Ciudadela, sería un nuevo motivo de agradecimiento y del pueblo todo de la República hacia usted y hacia el siempre glorioso pueblo Americano.

Con el respeto de siempre quedo de su Excelencia su afectísimo.

Libertad y Constitución

El General en Jefe de las Operaciones, Comandante General Militar de la Plaza de México,

Victoriano Huerta

Telegrama de Gustavo Adolfo Madero a su esposa Carolina Villarreal ( 17 de febrero de 1913)

 

Telegrama
Palacio Nacional, 17 de Febrero de 1913
 
 
Señora Carolina V. de Madero
 
Estuve esperando a que me llamaras, pero en vano. Ayer se rompió por los felicistas la tregua que se había convenido y a las 2 p.m se rompieron de parte de ellos las hostilidades que han continuado hasta estos momentos con gran éxito para las tropas del gobierno, pues lo han estrechado al grado que de mañana a pasado se acabará esta enojosa situación. Cariñosos recuerdos para todos de parte de tu esposo que ansía por verte.

 

Pacto de la Ciudadela o de la Embajada (18 de febrero de 1913)

 
 
En la Ciudad de México, a las nueve y media de la noche del día dieciocho de febrero de mil novecientos trece, reunidos los señores generales Félix Díaz y Victoriano Huerta, asistidos el primero por los licenciados Fidencio Hernández y Rodolfo Reyes, y el segundo por los señores teniente coronel Joaquín Maas e ingeniero Enrique Cepeda, expuso el señor general Huerta que, en virtud de ser insostenible la situación por parte del Gobierno del señor Madero, para evitar más derramamiento de sangre y por sentimiento de fraternidad nacional, ha hecho prisionero a dicho señor, a su Gabinete y a algunas otras personas; que desea expresar al señor Díaz sus buenos deseos para que los elementos por él representados fraternicen y todos unidos salven la angustiosa situación actual.
 
El señor general Díaz expresó que su movimiento no ha tenido más objeto que lograr el bien nacional y que, en tal virtud, está dispuesto a cualquier sacrificio que redunde en beneficio de la Patria.

Después de las discusiones del caso, entre todos los presentes arriba señalados se convino en lo siguiente:
 
 Primero. Desde este momento se da por inexistente y desconocido el Poder Ejecutivo que funcionaba, comprometiéndose los elementos representados por los generales Díaz y Huerta a impedir por todos los medios cualquier intento para el restablecimiento de dicho Poder.

Segundo. A la mayor brevedad se procurará solucionar en los mejores términos legales posibles la situación existente, y los señores generales Díaz y Huerta pondrán todos sus empeños a efecto de que el segundo asuma antes de setenta y dos horas la presidencia provisional de la República con el siguiente Gabinete:
 
 Relaciones Exteriores,Lic.Francisco León de la Barra; Hacienda, Lic.Toribio Esquivel Obregón; Guerra,Gral.Manuel Mondragón Fomento, Ing. Alberto Robles Gil Gobernación, Ing.Alberto García Granados ;Justicia,Lic. Rodolfo Reyes ;Instrucción Pública, Lic.Jorge Vera Estañol; Comunicaciones, Ing. David de la Fuente.
 
 Será creado un nuevo Ministerio, que se encargará de resolver la cuestión agraria y ramos anexos, denominándose de Agricultura y encargándose de la cartera respectiva el licenciado Manuel Garza Aldape. Las modificaciones que por cualquier causa se acuerdan en este proyecto de Gabinete deberán resolverse en la misma forma en que se ha resuelto éste.

Tercero. Entretanto se soluciona y resuelve la situación legal, quedan encargados de todos los elementos y autoridades de todo género, cuyo ejercicio sea requerido para dar garantías, los señores generales Huerta y Díaz.
 
Cuarto. El señor general Félix Díaz declina el ofrecimiento de formar parte del Gabinete provisional, en caso de que asuma la presidencia provisional el señor general Huerta, para quedar en libertad de emprender sus trabajos en el sentido de sus compromisos con su partido en la próxima elección, propósito que desea expresar claramente y del que quedan bien entendidos los firmantes.

Quinto. Inmediatamente se hará la notificación oficial a los representantes extranjeros, limitándola a expresarles que ha cesado el Poder Ejecutivo; que se provee a su substitución legal; que, entretanto, queden con toda la autoridad del mismo los señores generales Díaz y Huerta, y que se otorgarán todas las garantías procedentes a sus respectivos nacionales.
 
Sexto. Desde luego, se invitará a todos los revolucionarios a cesar en sus movimientos hostiles, procurando los arreglos respectivos. Firmados .El general Victoriano Huerta. El general Félix Díaz.

Fuente: Grafias M, Luis (1983).La Revolución Mexicana, compendio histórico político militar. México: Editorial Panorama

viernes, 8 de febrero de 2013

"9 de febrero de 1913" -Alfonso Reyes Ochoa



9 DE FEBRERO DE 1913


¿En qué rincón del tiempo nos aguardas,
desde qué pliegue de la luz nos miras?
¿Adónde estás, varón de siete llagas,
sangre manando en la mitad del día?
Febrero de Caín y de metralla:
humean los cadáveres en pila.
Los estribos y riendas olvidabas
y, Cristo militar, te nos morías...
Desde entonces mi noche tiene voces,
huésped mi soledad, gusto mi llanto.
Y si seguí viviendo desde entonces
es porque en mí te llevo, en mí te salvo,
y me hago adelantar como a empellones,
en el afán de poseerte tanto

Alfonso Reyes