Agustín,
por la Divina Providencia, y por nombramiento del Congreso de representantes de
la nación emperador de México, juro por Dios y por los santos Evangelios que defenderé y conservaré la religión
católica, apostólica, romana, sin permitir otra alguna en el Imperio; que
guardaré y haré guardar la Constitución que formare dicho Congreso, y entre
tanto la española en la parte que está vigente, y asimismo las leyes, órdenes y
decretos que ha dado y en lo sucesivo diere el repetido Congreso, no mirando en
cuanto hiciere, sino al bien y provecho de la nación; que no enajenaré, cederé
ni desmembraré parte alguna del imperio; que no exigiré jamás cantidad alguna
de frutos, dinero, ni otra cosa sino las que hubiere decretado el Congreso; que
no tomaré jamás a nadie sus propiedades, y que respetaré sobre todo la libertad
política de la nación y la personal de cada individuo, y si en lo que he jurado
o parte de ello, lo contrario hiciere, no debo ser obedecido, antes aquello en
que contraviniere, sea nulo y de ningún valor. Así Dios me ayude y sea mi
defensa, y si no me lo demande.
Fuente: “Historia de México desde sus tiempos
más remotos hasta nuestros días” – Niceto de Zamacois
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